Se garantiza un crédito otorgado por un Banco salvadoreño con hipoteca (no centroamericana) sobre un inmueble registrado en Guatemala, y con una prenda sobre bien mueble situado en El Salvador. Ambas garantías en el mismo instrumento público crediticio.
La operación financiera exige un doble registro. En el Registro de la Propiedad de Guatemala (inmueble), y en el Registro de Garantías Mobiliarias de El Salvador (mueble).
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