miércoles, 13 de marzo de 2019

Franquicia y su importancia jurídica en Guatemala

La franquicia es un contrato mercantil nominado en Guatemala, aunque no regulado específicamente, por lo que su integración se realiza mediante la contratación mercantil y los usos y costumbres comerciales del sector respectivo.

Resultado de imagen para regulación de la franquicia en guatemalaA criterio personal, la franquicia es un contrato complejo, puesto que junto con el acuerdo base, se derivan una serie de contratos satélite, relacionados con las prestaciones que el franquiciador y el franquiciado deben proporcionarse para el éxito de la inversión económica (transferencia de know-how, cesión de los derechos de propiedad intelectual/industrial, servicios de certificación, distribución de mercaderías...).

La Circular de la Franquicia es el equivalente a una oferta firme de contrato o pre-contrato, puesto que contiene la información necesaria y relevante para acreditar la solvencia de las contra-partes, y que es la base del contrato respectivo. En el algunos países es preciso registrarla, y en el caso de la Asociación Guatemalteca de Franquicia, promueve su observancia por auto-regulación.

Por supuesto, en mercados des-regulados o poco regulados (el artículo 280 del Código de Comercio señala que no es aplicable supletoriamente lo dispuesto para la agencia), como es el Guatemalteco, cualquier incumplimiento en relación a las condiciones del contrato dependerá de los siguientes factores:

Resultado de imagen para regulación de la franquicia en guatemalaa) La interpretación y alcance de las clausulas contractuales generales.
b) La interpretación y alcance de las clausulas contractuales especiales (por ejemplo, la calidad del Manual Operativo, de la  puntualidad y regularidad de las indicaciones para la transferencia tecnología comercial o industrial).
c) Del quiebre del principio de buena fe en relación comercial y su ejecución (vulneración de clausulas de confidencialidad, de prohibición de competencia, de no dedicación exclusiva al desarrollo de la franquicia, de incumplimiento del pacto de exclusividad en el mercado franquiciado...)
d) De la violación de los derechos de propiedad intelectual/industrial por ambas partes.
e) De la consideración como finalmente abusivas de ciertas condiciones del contrato si este realmente es de adhesión y no se comprueba la negociación igualitaria de las condiciones fundamentales de la relación entre el franquiciante y el franquiciado.

Resultado de imagen para regulación de la franquicia en guatemalaf) Clausulas de selección de ley aplicable y competencia judicial internacional supuestamente pactadas, y que se obligan aceptar al franquiciado, lo que hacen muy onerosa la resolución de conflictos, inclusive en forma arbitral.
g) La rescisión unilateral del contrato, por cualquiera de las partes, y el cobro ejecutivo de clausulas penales a modo de indemnización (contratos en escritura pública).
h) La terminación del contrato en caso de concurso de acreedores, quiebra o disolución de la empresa franquiciada o franquiciadora, y la forma de resolver las obligaciones.

i) También pueden presentarse conflictos entre franquicias competidoras en el mercado.



En conclusión, la asesoría técnica y jurídica es fundamental para iniciar. continuar o finiquitar un negocio bajo el régimen de franquicia.


Cabe citar las siguientes disposiciones que lo mencionan en la legislación guatemalteca:
                                               
MINISTERIO DE ECONOMÍA DE GUATEMALA
Reglamento de la Ley de Propiedad Industria.
Guatemala 18 de Marzo de 2002
ACUERDO GUBERNATIVO No. 89-2002
  
Artículo 27. Franquicias. Salvo estipulaciones en contrario establecidas en el contrato de franquicia, serán aplicables a la licencia de uso de marca que contenga ese contrato, las disposiciones del artículo 45 de la Ley.
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Para efectos de la inscripción de la licencia de uso de marca contenida en un contrato de franquicia, será suficiente que el solicitante presente la parte del contrato que se refiere a la licencia o un resumen de ésta que contenga como mínimo la información requerida en el artículo 46 de la Ley.

Para la inscripción de la licencia de uso contenida en un contrato de franquicia, será aplicable el procedimiento establecido en los artículos 47 de la Ley y 26 de este Reglamento
.


                              DECRETO NÚMERO  57-2000 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

ARTICULO 46. Inscripción de la licencia. La licencia surtirá efectos frente a terceros sólo si estuviere inscrita en el Registro. La solicitud de inscripción de la licencia de uso podrá ser presentada por el propietario de la marca o por el licenciatario y deberá contener: a) El nombre, razón social o denominación del propietario y del licenciatario y su domicilio; b) La marca o marcas objeto de la licencia e indicación de sus registros; c) El plazo de la licencia, si lo tuviere; d) Indicación de si la licencia es exclusiva o no y condiciones, pactos o restricciones convenidas sobre el uso de la marca; y e) Resumen de las disposiciones sobre control de calidad. 

A la solicitud deberá acompañarse una copia del contrato de licencia o un resumen del mismo, firmado por las partes, que contenga la información a que se refiere el párrafo anterior, y el comprobante de pago de la tasa correspondiente. Si el contrato de licencia o el resumen del mismo no hubiere sido otorgado en Guatemala, el documento deberá estar debidamente legalizado y con traducción jurada al español, si fuere el caso. Ley de Propiedad Industrial 

Resultado de imagen para regulación de la franquicia en guatemalaEl contrato de licencia deberá contener disposiciones que aseguren el control, por parte del propietario sobre la calidad de los productos o servicios objeto de la misma. A pedido de cualquier persona interesada y previa audiencia al titular del registro de la marca y al licenciatario por el plazo común de quince días, el juez competente podrá cancelar la inscripción del contrato de licencia y prohibir el uso de la marca por el licenciatario cuando, por defecto de un adecuado control de calidad o por algún abuso de la licencia, ocurriera o pudiera ocurrir confusión, engaño o perjuicio para el público consumidor. 



En lo que se refiere a la materia regulada por esta ley, los contratos de franquicia se regirán también por las disposiciones de este capítulo.


Más información: Asociación Guatemalteca de Franquicias: www.guatefranquicias.org 

3 comentarios:

  1. Muchísimas gracias por su aporte al crecimiento educacional, fue de gran ayuda toda la información. Gracias por ser de los profesionales que comparten sus conocimientos....

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  2. Muchas gracias por su apoyo, fue de mucha utilidad para mi persona, que Dios lo siga bendiciendo.

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  3. Gracias, fue de mucha ayuda ésta explicación, ya que estoy en capilla ardiente, debido a que el dia de mañana 29-11-2021 me examino de la fase privada y estoy puliendo lo último

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